La diligencia de descargos, es la reunión mediante el cual se entrevista el empleador con el trabajador con el fin de esclarecer los hechos ocurridos o la posible falta comedita, es el momento que tiene el trabajador para ejercer su derecho a la defesa y a la contradicción, motivo por el cual se hace indispensable en este procedimiento resaltar y hacer uso del principio de inmediación que hace referencia a la necesidad de tener contacto directo y proximidad entre las partes durante el proceso, esto con el fin de escuchar y valorar lo ocurrido, debido a esto es que NO es posible determinar la validez de una diligencia de descargos desarrollada vía telefónica, por lo tanto no se debe hacer ya que de ser así el trabajador podrá acudir a la jurisdicción ordinaria alegando la vulneración de los diferentes derechos en el desarrollo del proceso disciplinario, debido a esto y si la empresa cuenta con varias sedes en el país, lo recomendable es realizar la diligencia de manera presencial de no ser posible se puede realizar vía Skype o video conferencia, si no se tienen los recursos tecnológicos, será necesario delegar a la persona encargada de la zona donde se encuentra el trabajador para que realice la respectiva diligencia.