En ocasiones, durante la ejecución de los contratos que generalmente responden a actividades periódicas, es decir, de actividades que requieren que se extiendan en el tiempo o modificaciones en los contratos de ejecución instantánea, tales como los contratos de compraventa o de promesa, acerca de elementos necesarios para su ejecución, estamos modificaciones deben constar en documento adicional.
Este documento responde a nombres tales como adenda contractual, otrosí u otros, los cuales principalmente tienen como fin modificar, aclarar o prorrogar; inicialmente se debe verificar que el contrato no se encuentre vencido en razón al tiempo o al acaecimiento de las condiciones acordadas, pues resulta anti técnico regular situaciones que ya se encuentran incumplidas o cumplidas; posteriormente, si el contrato se encuentra vigente, se debe identificar las partes que sean las mismas que suscribieron inicialmente para poder tener las facultades en razón a la modificación de la voluntad exteriorizada; se pacte de manera clara lo modificado, adicionado o el tiempo de la prórroga, evitando modificar aspectos adicionales.
En conclusión, es importante que las partes sean idénticas a las que acordaron inicialmente el contrato, que se modifiquen de manera clara los aspectos y que este documento este firmado, en aras de demostrar la voluntad contractual de las partes.
Daniel Molina Muñoz.
Asesor Legal Empresarial