De acuerdo a lo estipula la transacción es una forma extrajudicial de terminar litigios pendientes o prevenir algún tipo de pleito futuro que puede originarse con ocasión de discrepancias en las que no existe la prueba clara del derecho discutido, es por esta razón que lo ideal mediante esta figura es resolver.
Así las cosas, esta figura no requieren de autoridad alguna y puede efectuarse antes o después del curso de un proceso judicial, a modo de ejemplo para que esta tenga validez jurídica en materia de derecho laboral debe versar sobre hechos inciertos dado que en esta rama del derecho estos son irrenunciables.
A modo de conclusión, las partes de forma recíproca renuncian a una parte de lo que consideran podrían reclamar como suyo, ahora bien en caso que durante la transacción alguna de las partes renuncia a sus pretensiones se corre el riesgo que no se reconozca la categoría de transacción
Dra. Paula Tiusaba Robayo
Actualidad Jurídica Empresarial