Me permito indicarle que es obligación del empleador proporcionarle a su trabajador una dotación cada 4 meses, es decir, Tres (3) veces al año la cual debe estar compuesta, por (1 par de zapatos y 1 vestido de labor), dicho trabajador debe contar con los siguientes requisitos:
- devengar hasta 2 salarios mínimos legales vigentes
- que haya sido contratado con 3 meses de anterioridad
Conforme a lo anterior, es pertinente decir, que las compañías NO podrá entregar por ningún motivo la dotación en dinero, de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente, en este caso particular, la compañía podría realizar la entrega de bonos de compra de la indumentaria, siempre y cuando con ellos se cumpla el requerimiento de la vestimenta acorde a las labores ejecutadas por los trabajadores, adicional a lo anterior, recomendamos efectuar la entrega de las dotaciones en los términos señalados por la ley y dejar la debida constancia.