LÍMITES AL PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAL.

Juan Gomez Galeano
Juan Gomez Galeano 10 diciembre, 2018
Actualizado 2018/12/10 at 3:18 PM

Actualmente, resulta muy importante el proceso de selección de personal, pues existen variantes y especialidades que requieren ciertas características de los colaboradores de las compañías, es por lo anterior, que al momento se imponer un Reglamento Interno de Trabajo, el artículo 108 anticipadamente observó en el numeral 2 “Condiciones de admisión, aprendizaje y periodo de prueba” estos procesos deben contener un periodo de oferta laboral, un estudio de perfiles aplicables, aplicación de pruebas para establecer las características, aptitudes y actitudes y, finalizando la aplicación de las pruebas de ingreso.

No obstante lo anterior, mediante sentencia T-463 de 1996, la Honorable Corte Constitucional determino que las entidades públicas y personas pertenecientes al régimen privado puede establecer requisitos de ingreso al momento de aplicar un proceso de selección del personal, previendo que estas no impliquen condiciones de discriminación a las personas sin la debida justificación y resulten violatorio de los derechos fundamentales como limites a la selección de personal, por ejemplo, existen actividades que no pueden ser desplegadas por mujeres o que no cuenten con una fuerza mínima para poderlas ejecutar o, los caso de las personas que sufren de patologías de obesidad o de vértigo o haber cursado una carrera técnica, tecnológica y/o profesional.

Es por lo anterior que el procedimiento de selección debe estar debidamente instituido dentro de las compañías para los fines pertinentes, aunado a ello, se debe identificar de manera clara las necesidades que requieren ser satisfechas con la contratación de personal, las características que debe tener la persona idónea.

Daniel Molina Muñoz.

Asesor Legal Empresarial

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