El periodo de prueba entendido este como el tiempo donde el empleador evalúa las condiciones y aptitudes del trabajador para desempeñar el cargo, así como también la idoneidad para ejecutar el servicio. Para la terminación unilateral del contrato a un trabajador, debemos tener en cuenta que es completamente procedente y que no habrá lugar a indemnización alguna; lo anterior siempre y cuando se encuentre en vigencia dicho periodo, puesto que para el caso del contrato a término indefinido no podrá exceder de los dos (2) meses; y en los contratos a término fijo, no podrá ser superior a la quinta parte del periodo pactado.