¿PUEDEN LOS TRABAJADORES VENEZOLANOS ABRIR UNA CUENTA DE NOMINA EN COLOMBIA?

María Camila Pulgarín
María Camila Pulgarín 14 enero, 2019
Actualizado 2019/01/15 at 2:44 PM

La duda se genera cuando se realiza una contratación laboral para con un trabajador de nacionalidad venezolana en cuanto al trámite que se debe adelantar para abrir la correspondiente cuenta de nómina, es por esto que la Superintendencia Financiera, se vio en la necesidad de expedir la
Carta circular 68 de 2017 , mediante la cual establece que, con la presentación del respectivo (P.E.P) y el pasaporte por parte del personal de nacionalidad  Venezolana “ Servirá como identificación de los nacionales venezolanos en el territorio nacional” , motivo por el cual en este caso en específico, basta con la presentación del (P.E.P) y con el respectivo pasaporte , Como soporte de identificación del personal de nacionalidad venezolana para que la entidad financiera con la cual, se pretenda llevar a cabo la prestación de este  servicio, pueda abrir o habilitar la respectiva cuenta de nómina sin ningún inconveniente o sin solicitar ningún otro documento, y así acceder a este servicio.

Aunado a lo anterior, es pertinente citar textualmente lo establecido en Carta Circular 68 de 2017 “la Superintendencia Financiera recuerda a las entidades sometidas a su supervisión que el Permiso Especial de Permanencia (PEP), en compañía del pasaporte o del documento nacional de identificación, tiene plena validez como identificación, y por lo tanto deben ser admitidos como documentos suficientes para que los nacionales venezolanos contraten o abran productos y/o servicios financieros en las entidades supervisadas en Colombia”. ya que, allí de manera clara se establecen los documentos idóneos que debe presentar el personal de nacionalidad venezolana cuando pretendan acceder a  cualquier clase de servicios financieros, productos y de más beneficios que se desprendan de la actividad financiera.

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