INSCRIPCIÓN EN EL RNBD Y QUE INFORMACIÓN SE ENCUENTRA SUJETA A REGISTRO

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 17 enero, 2019
Actualizado 2019/01/17 at 12:44 PM
Illustration of document icon


De conformidad con lo establecido en el decreto 090 de 2019 mediante el cual se cambia el ámbito de aplicación del Registro Nacional de Bases de Datos, en donde se establece la obligación de realizar el registro, las cuales son las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 100.000 Unidades de Valor Tributario (UVT) y las Personas jurídicas de naturaleza pública.  

Por otro lado, en cuanto a qué información se encuentra sujeta registro, encontramos que las bases de datos susceptibles al registro, corresponderán a todas aquellas que contengan datos personales, es decir, cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables, los cuales pueden ser: Datos de identificación, datos de ubicación, datos de contenido socioeconómico, datos sensibles.

Fuente: SIC.GOV.CO

Share this Article