Dentro del ordenamiento jurídico nacional no se encuentra ninguna disposición en la que se establezcan los plazos para el pago de las compras con la tarjeta de crédito. Sin embargo la Superintendencia Financiera indico, que esto se deberá ajustar a las obligaciones que se encuentren establecidas por el establecimiento de crédito y el contrato de apertura de crédito lo que es ley para las partes, por lo que el consumidor se adhiere al producto financiero.
No obstante, en caso de que el consumidor realice compras fuera del país, se podrá ver inmerso en que el establecimiento financiero, pueda establecer plazos que se difieren automáticamente 12. 24 o hasta 36 meses que se ajustan a políticas que se encuentren dispuestas para cada compañía bancaria, lo que hace importante consultar con la entidad para que, según el caso se pueda solicitarse reducción del plazo de las obligaciones contraídas anteriormente.
Ya que de conformidad con la Ley 1328 del 2009 en su artículo 7 literal e), las entidades vigiladas deben abstenerse de incurrir en conductas que conlleven abusos contractuales o que puedan afectar el equilibrio del contrato dejando en posición indefensa al consumidor por su posición de dominante contractual.
Dra. Daiyana Lucero.