REQUISITOS PARA EL INGRESO AL SERVICIO SOCIAL COMPLEMENTARIO DE BENFICIOS ECONOMICOS PERIODICOS. (BEPS)

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 25 enero, 2019
Actualizado 2019/01/25 at 4:37 PM

En primer lugar, los beneficios económicos, periódicos son un mecanismo individual, independiente, autónomo y voluntario de protección para la vejez, que se ofrece como parte de los servicios sociales complementarios y que se integra al sistema de protección de la vejez, con el fin de que las personas de escasos recursos que participen en este mecanismo, obtengan hasta su muerte un ingreso periódico, personal e individual.

Ahora bien, los requisitos para el ingreso al servicio social complementario de beneficios económicos, periódicos (BEPS), son:

  1. En primera medida ser ciudadano colombiano mayor de 18 años.
  2. Percibir ingresos inferiores a un (1) salario mínimo legal mensual vigente.

Entre los requisitos exigidos por parte del Gobierno para el otorgamiento del subsidio del programa BEPS Colpensiones se encuentran:

  1. Que el beneficiario si es mujer haya cumplido 57 años de edad, o si es hombre 62 años de edad. 
  2. Que el monto de los recursos ahorrados, más el valor de los aportes obligatorios, más los aportes voluntarios al Fondo de Pensiones Obligatorio y otros autorizados por el Gobierno Nacional no sean suficientes para obtener una pensión mínima. 
  3. Que el monto anual del ahorro en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad sea inferior al aporte mínimo anual señalado en el Sistema General de Pensiones.

Al solicitar el ingreso, las personas que cumplan con los anteriores requisitos tiene que presentar obligatoriamente la cedula de ciudadanía o deberán identificarse mediante los mecanismos electrónicos dispuestos ante la administradora del mecanismo o el tercero que este contrate, en ambos casos Colpensiones deberá determinar la información mínima requerida que debe ser reportada por los aspirantes y el medio empleado para suministrarla y en un plazo que no exceda los diez (10) días hábiles deberá informar al interesado si fue aceptada o rechazada su solicitud de ingreso.

La administradora del mecanismo una vez acepte la solicitud del ingreso al servicio social complementario de beneficios económicos, periódicos (BEPS) le suministrara a la persona la información de manera expresa, detallada, de todas las condiciones, reglas, beneficios, monto de incentivos y riesgos que voluntariamente se asumen al ingresar a dicho mecanismo.

Por último, para acreditar el ingreso, los aspirantes deberán presentar el certificado de afiliación al régimen subsidiado en salud o de su condición de beneficiarios del régimen contributivo de salud.

María Camila Pulgarín

Asesora Legal Empresarial

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