Lo primero que debemos decir, es que lo concerniente al trámite, requisitos y elementos con relación a la pensión, este se encuentra regulados y reglamentados en la ley 100 del año 1993, la cual en su artículo 33 establece los requisitos para que una persona pueda adquirir la pensión de vejez como lo son:
- La edad, ya que en el caso de los hombres será de 62 años y de las mujeres de 57 años.
- Monto de semanas cotizadas, ya que esta deberá ser igual o superior a 1.300 semanas.
Ahora bien, una vez la persona cumpla con los dos requisitos anteriormente mencionados se entenderá que obtuvo su estatus pensional, ahora bien, para saber cuál será el monto entregado por concepto de pensión de vejez bajo el régimen de prima media, se deberá coger el I.B.L. (Ingreso Base de Liquidación) de los últimos 10 años cotizados, teniendo en cuenta que son los efectivamente cotizados, ya que será sobre este que se calculara el monto que recibirá la persona por concepto de pensión.