EL DEVENGAR MENOS DE 2 SMMLV NO ACREDITA EL RECONOCIMIENTO DE AUXILIO DE TRANSPORTE

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 19 marzo, 2019
Actualizado 2019/03/19 at 11:38 AM

La Ley 15 de 1959 reza en su articulo 4to que, exclusivamente tendrán derecho a este auxilio los trabajadores que residan a una distancia de mil (1000) metros o más del lugar del trabajo.

En virtud de lo anteriormente expuesto, es oportuno reseñar que si su trabajador devenga menos de dos SMMLV, pero su lugar de vivienda se encuentra a menos de 1000 o 1km del lugar de trabajo, ustedes no tendrán la obligación legal de efectuar dicho reconocimiento con fundamento en la Decreto 1258 de 1959 y la Ley 15 de 1959, de igual manera no tendrán derecho las personas cuya empresa suministre el servicio de transporte mediante rutas del trabajo a la casa y la casa al trabajo.

Luis E. Naranjo
Asesor Legal

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