DECISIONES QUE REQUIEREN LA MAYORÍA DE LOS COEFICIENTES DE LA COPROPIEDAD.

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 27 marzo, 2019
Actualizado 2019/03/27 at 11:14 AM

Cuando hablamos de la ley de propiedad horizontal, a través de la cual se expide el régimen de propiedad horizontal, tenemos que este nos exige en ciertos casos determinados taxativamente, los cuales requerirán la mayoría calificada del setenta por ciento (70%) de los coeficientes de copropiedad que integran la misma, los cuales se encuentran establecidos en el artículo 46 de la ley 675 del 2001:

Estos son:

  • Cambios que afecten la destinación de los bienes comunes o impliquen una sensible disminución en uso y goce.
  • Imposición de expensas extraordinarias cuya cuantía total, durante la vigencia presupuestal, supere cuatro (4) veces el valor de las expensas necesarias mensuales.
  • Aprobación de expensas comunes diferentes de las necesarias.
  • Asignación de un bien común al uso y goce exclusivo de un determinado bien privado, cuando así lo haya solicitado un copropietario.
  • Reforma a los estatutos y reglamento.
  • Desafectación de un bien común no esencial.
  • Reconstrucción del edificio o conjunto destruido en proporción que represente por lo menos el setenta y cinco por ciento (75%).
  • Cambio de destinación genérica de los bienes de dominio particular, siempre y cuando se ajuste a la normatividad urbanística vigente.
  • Adquisición de inmuebles para el edificio o conjunto.
  • Liquidación y disolución.
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