CONTRATO DE FRANQUICIA

Paola Páez Castillo
Paola Páez Castillo 1 abril, 2019
Actualizado 2019/04/01 at 11:49 AM

En principio es importante señalar que el contrato de franquicia, es un acuerdo de voluntades por medio del cual, el propietario de un producto, negocio o servicio, le otorga a otra persona el derecho de explotación y de uso de su producto, negocio o servicio, a cambio de recibir como contraprestación el pago de unas regalías o lo que se podría determinar cómo derecho de entrada.

Atreves de la figura anterior, el franquiciante tiene la posibilidad de extender sus negocios, sin necesidad de asumir de manera directa las obligaciones derivadas de dicha explotación, teniendo en cuenta que en principio quien asume los riesgos es el franquiciado, entendiéndose así que al obtener la franquicia es posible acceder al producto, servicio o negocio bajo unos parámetros preferenciales.

Como características principales del contrato de franquicia, podremos resaltar lo concerniente a la propiedad intelectual, indicando así dentro del convenio cuales son los derechos que se pueden explotar y bajo que parámetros. Por otra parte, respecto de la contraprestación, el franquiciante debe cancelar dicha contraprestación teniendo en cuenta que el pago inicial para iniciar con la explotación se denomina como derecho de tasa y las regalías como los pagos periódicos que se deben efectuar al franquiciante y los cuales se debe liquidar con base en las ventas y por el uso de la marca.

Dra. Paola Páez

Actualidad Jurídica Empresarial

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