La Ley 1857 de 2017 estableció que existe una obligatoriedad por parte del empleador de otorgar un día en cada uno de los semestres con el fin de que los trabajadores pueden disfrutar tiempo con su familia ya que este es el núcleo fundamental de la sociedad y es importante que se realice la promoción de valores y se fortalezcan los lazos familiares y sociales.
Ahora bien, para el caso en particular el empleador tiene dos opciones a saber, en primera medida se puede realizar promoviendo y gestionando una jornada laboral semestral en la que sus empleados puedan compartir con su familia un espacio suministrado por el empleador, este espacio se puede coordinar con la caja de compensación familiar con la que cuenten los trabajadores, en este espacio se pueden realizar actividades del disfrute de la familia y acciones que resalten la importancia de la familia y de valores como el respeto, el amor, la tolerancia, el compromiso, entre otros.
Una segunda opción es otorgan un día que se considere dentro de sus reglamentos como laboral el cual puede ser inclusive el día sábado, la normatividad no establece un número de horas en las cuales el empleador debe otorgar este tiempo pero establece que debe ser de obligatorio cumplimiento siempre que sea dentro de la jornada laboral, por lo que por ejemplo puede ser otorgado un día sábado en la cual solo se laboran 3 horas.
Como conclusión, tenga presente que debe otorgar un día en cada uno de los semestres del año e informar a sus trabajadores previamente con el fin de que quede el soporte y evidencia que se está respetando la normatividad y se está cumpliendo con lo requerido.
Dra. Paula Tiusaba Robayo
Actualidad Jurídica Empresarial