En Colombia existen diferentes modalidades legales de tercerización, en los cuales podemos encontrar las Cooperativas de Trabajo Asociado, las cual se encuentran reguladas por el DECRETO NÚMERO 1072 de 2015, en su articulo 2.2.8.1.3. El cual establece que son organizaciones sin ánimo de lucro, con el fin de asociar personas naturales que simultáneamente son gestoras, contribuyen económicamente a la cooperativa y son aportantes directos de su capacidad de trabajo para el desarrollo de actividades económicas, profesionales o intelectuales, con la finalidad de producir en común bienes, ejecutar obras o prestar servicios para satisfacer las necesidades de sus asociados y de la comunidad en general.
De lo anterior podemos inferir, que a través de una Cooperativa de Trabajo Asociado, no podremos recurrir a la intermediación laboral, ni suplir laborales análogas al objeto o naturaleza de la empresa usuaria, sino que, a través de la cooperativa de trabajo asociado, se podrá dar cumplimiento a únicamente a obras o servicios, por medio de una entidad sin ánimo de lucro compuesta por personas naturales expertas en tal materia.