Las empresas por su naturaleza jurídica en algún momento pueden estar frente a una decisión de la administración o de alguna entidad del estado motivo por el cual deben estar informados que pueden hacer en caso de que no estén conformes con dicho comunicado, frente a estos actos administrativos proceden una serie de recursos la cual nos permitimos relacionar a continuación:
Primero es necesario indicar que el recurso es el medio por el cual se solicita se modifique, aclare, revoque o adicione un acto administrativo, proceden contra los actos administrativos que le ponen fin a un conflicto el si el Acto Administrativo no dice que recursos proceden se puede demandar directamente, una vez aclarada esto relacionare tres de los recursos mas frecuentes.
Recurso de Apelación: este se puede presentar como principal o subsidiario ante el mismo funcionario del acto para que lo conceda y lo remita al superior jerárquico. Si procede es obligatorio.
Recurso de Reposición: esta figura es muy particular y usada ya que Se presenta ante el mismo funcionario que expidió el acto, es facultativo.
Recurso de Queja: se presenta ante el superior cuando no se ha concedido la apelación, mediante escrito al que deberá acompañarse copia de la providencia que haya negado el recurso, De este recurso se podrá hacer uso dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la decisión ,es facultativo.
por lo anteriormente expuesto recuerde que si su empresa es notificada de algún acto administrativo o resoluciones por medio de la cual la administración este expresando su voluntad y ustedes no estén de acuerdo con la decisión pueden hacer uno de estos recursos según sea el caso,adicional a esto pueden contar con el CENTRO JURÍDICO INTERNACIONAL para la solución a sus conflictos y el uso de estas herramientas.