¿CONTRATISTAS ESTÁN OBLIGADOS A EFECTUAR APORTES A PARAFISCALES?

Paola Páez Castillo
Paola Páez Castillo 27 mayo, 2019
Actualizado 2019/05/27 at 11:32 AM

En primera instancia es pertinente señalar que, los aportes a parafiscales constituyen una obligación de las empresas o personas naturales, que fungen en calidad de empleadores, respecto de la celebración de un contrato de naturaleza laboral, siendo necesario efectuar los correspondientes aportes al SENA, Cajas de Compensación Familiar e ICBF, en los porcentajes previamente establecidos por la normatividad que regula el caso en concreto.

Ahora bien, es pertinente resaltar que los contratistas vinculados por medio de contrato de prestación servicios, no se encuentran en la obligación de efectuar los correspondientes aportes a parafiscales toda vez que, la relación contractual que nace a la vida jurídica, es de naturaleza civil y no laboral.

Por otra parte, en caso tal que el contratista decida de manera voluntaria, realizar la afiliación a una caja de compensación familiar, lo puede hacer sin generar la responsabilidad de dichos aportes, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y al SENA.

Dra. Paola Páez

Actualidad Jurídica Empresarial

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