¿QUÉ ES LA ACEPTACIÓN TACITA DE LA FACTURA DE VENTA?

Paula Tiusaba Robayo
Paula Tiusaba Robayo 28 mayo, 2019
Actualizado 2019/05/28 at 5:39 PM

Uno de los requisitos para que la factura constituya título valor, es la aceptación por parte del comprador, aceptación que puede ser tácita cuando el último no lo hace de forma expresa, ya sea firmando la factura o mediante un documento aparte.

El comprador puede aceptar la factura de dos formas a saber.

  1. Inmediatamente recibido el original de la factura, firmarla en señal de aceptación de su contenido. Dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la factura, solicitar al vendedor la presentación del original de la factura para firmarlo, o aceptarla mediante un documento escrito diferente a la factura.
  2. No hacer nada y esperar que transcurran los 3 días hábiles siguientes que tiene para aceptar la factura.

El artículo 773 del código de comercio modificado por la ley 1676 de 2013 establece que:

(….)La factura se considera irrevocablemente aceptada por el comprador o beneficiario del servicio, si no reclamare en contra de su contenido, bien sea mediante devolución de la misma y de los documentos de despacho, según el caso, o bien mediante reclamo escrito dirigido al emisor o tenedor del título, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su recepción. En el evento en que el comprador o beneficiario del servicio no manifieste expresamente la aceptación o rechazo de la factura, y el vendedor o emisor pretenda endosarla, deberá dejar constancia de ese hecho en el título, la cual se entenderá efectuada bajo la gravedad de juramento..”

Como se observa, el comprador cuenta con 3 días hábiles siguientes contados desde la fecha de la recepción de la factura para aceptarla o rechazarla, sino lo hace, la ley considera que ocurre la aceptación tácita por lo que si finalmente no se encuentra de acuerdo con lo que le ha sido entregado puede rechazarla pero dentro del término anteriormente referido.

Dra. Paula Tiusaba Robayo

Actualidad Jurídica Empresarial

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