Una vez se haya establecido una marca y es concedida por la Superintendencia de Industria y Comercio, el titular de la marca está protegido por un término de 10 años a partir del momento es que le es otorgado dicho derecho, renovable de manera indefinida por periodos iguales, renovación que debe efectuar dentro de los 6 meses anteriores a la perdida de su vigencia específicamente en lo establecido: Ley de Propiedad Industrial, Código Civil, Código Penal., motivo por el cual después de este término es necesario realizar nuevamente la solicitud ante la SIC para que la marca siga protegida, de lo contrario después de 6 meses que la marca pierda su vigencia, terceros podrán hacer uso de la misma ya que el titular perderá todo el derecho sobre la misma.
Usted puede conocer la fecha en la que vence su marca porque, al culminar el trámite de registro, la SIC profiere un documento que lo certifica como titular de su marca. Dicho certificado de registro se encuentra en la base de datos de la SIC. Los costos por renovar una marca son establecidos anualmente por la Superintendencia de Industria Comercio y pueden ser consultados en la página web de la entidad http://www.sic.gov.co/