LAS COOPROPIEDADES DEBEN TENER SEGUROS CONTRA TERREMOTOS E INCENDIOS

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 26 junio, 2019
Actualizado 2019/06/26 at 11:16 AM


Según lo establecido en la ley 675 del 2001, régimen de propiedad horizontal, menciona que el seguro obligatorio de bienes comunes ayuda a proteger los bienes en contra de incendio y terremoto con el fin de garantizar la reconstrucción total del mismo; si bien es cierto que se debe hacer se presenta un error frecuente en las copropiedades que es el no asegurarse, o hacerlo de   manera improcedente, porque se lo enfocan como un gasto y no amparo en caso de alguna eventualidad que afecte la propiedad.

 Estas pólizas ofrecen coberturas adicionales las cuales se adquieren de manera opcional y se ajustan a las necesidades de cada copropiedad como son estas:

  • Responsabilidad civil.
  • Daños por agua.
  • Anegación.
  • Terrorismo.
  • Daños por granizo.
  • Explosión.
  • Daños por rayo.
  • Corriente débil.
  • Remoción de escombros.
  • Maquinaria y equipos y otras coberturas adicionales.

Además, el seguro acompaña a los copropietarios frente a contingencias inesperadas, eventos accidentales, súbitos y aquellos en los cuales no interviene la voluntad del asegurado. De igual manera, también ofrece servicios de asistencia como plomería, cerrajería, rotura de vidrios y daños eléctricos, entre otros. Sin embargo el seguro no cubre daños por falta de mantenimiento.  Anudado a lo anterior los residentes de estos conjuntos piensan que las zonas comunes solo corresponden al salón comunal, escaleras, pisos,  parqueaderos,  zonas de recreación, etc. Desconociendo que las vigas, columnas, techos, fachadas hacen parte de los bienes comunes.

En ese orden de ideas es importante que en las asambleas de copropietarios pregunten a los administradores sobre el tipo de póliza y que beneficios ofrece esta para evitar cualquier daño ocurrido en ocasión de incendio o terremoto. Por otra parte, es importante saber que el seguro es un contrato en el que se establecen los derechos y deberes de las partes. Las cláusulas del contrato son claras y deben estudiarse antes de adquirirlo, de forma tal que sea posible solicitar las modificaciones que, a criterio de la Asamblea, se ajusten más a la situación de la copropiedad. 

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