CAUSALES DE TERMINACION DE LA PATRIA POTESTAD

Camilo Andres García Bejarano
Actualizado 2019/06/29 at 10:05 AM

De acuerdo al artículo 312 del Código civil colombiano, la emancipación es un hecho que pone fin a la patria potestad. Esta puede ser voluntaria, legal o judicial.

Entendiéndose entonces que la emancipación voluntaria: Requiere de autorización judicial, se realiza por escritura pública y una vez efectuada es irrevocable.

Esta se efectúa por instrumento público, en el que los padres declaran emancipar al hijo adulto y este consiente en ello, esta emancipación no valdrá si no es autorizada por el juez de conocimiento de la causa.

Por otra parte, la emancipación legal se efectúa por muerte real o presunta de los padres, matrimonio del hijo, llegar a la mayoría de edad, y por decreto que da la posesión de los bienes del padre desaparecido.

Y por último la emancipación judicial, se efectúa por decreto del juez, cuando los padres que ejerzan la patria potestad incurran en alguna de las siguientes causales: por maltrato al hijo, abandono del hijo, depravación de los padres que los incapacite del ejercicio de la patria potestad, cuando el adolescente ha sido condenado a pena privativa de la libertad mayor a un año y los padres favorecieron estas conductas y cuando el adolescente ha sido condenado por delitos de: homicidio, secuestro extorsión, delitos sexuales y estos fueron mediante el favorecimiento de los padres.

En los casos anteriores podrá el juez proceder a petición de cualquier consanguíneo del hijo, del abogado defensor de familia y aun de oficio.

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