¿QUE ES LA POSESIÓN?

Paola Páez Castillo
Paola Páez Castillo 4 julio, 2019
Actualizado 2019/07/04 at 2:20 PM

El Código Civil en su artículo 762 define la posesión como la tenencia de una cosa determinada, que a su vez genere en el poseedor el ánimo de señor o dueño sobre dicha cosa, sin dejar de lado que, quien tenga la cosa en su propiedad se entiende como sueño hasta tanto otra persona no justifique y demuestre serlo.

Ahora bien, cabe señalar que existen dos tipos de posesión, dentro de las cuales encontramos, la posición regular, consistente en la buena fe de quien se considera poseedor, derivado a su vez del justo título, es decir quien cumple las características señaladas por la normatividad, tales como la venta, la permuta, los bienes que se adquieren por donación entre vivos, así mismo, como las sentencias en cuyo mandato se entiende reconocido el derecho al poseedor; Caso contrario sucede con el poseedor irregular, quien no cuenta con las características anteriormente señaladas, es decir carece de justo título y buena fe la cual debe probarse para que sea válida.  

Finalmente cabe señalar que el Código Civil, establece en su artículo 771 y 772, otro tipo de posesión, que si bien es cierto, no profundiza en las mismas, no significa que carezcan de valides, entendiéndose así que, la posesión viciosa se deriva de la violencia y la clandestinidad y por último, la posesión violenta es la que se genera a partir de la fuerza o la coacción que dieron como resultado una posesión irregular por parte de quien cree tener el derecho sobre determinado bien.

Dra. Paola Páez

Actualidad Jurídica Empresarial

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