¿SABÍA USTED CUALES SON LOS MODOS DE ADQUIRIR EL DERECHO DE DOMINIO O PROPIEDAD?

Camilo Andres García Bejarano
Actualizado 2019/07/04 at 2:28 PM

Pues bien, antes de entrar a ilustrar los modos de adquirir el derecho de dominio o propiedad, es importante decir, que el dominio, que se llama también propiedad, es el derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella, y cuando la propiedad se separa del goce de la cosa, se llama mera o nuda propiedad.

En este orden de ideas, entonces, los modos para adquirir el dominio son la ocupación, la accesión, la tradición, la sucesión por causa de muerte y la prescripción.

La tradición, es la forma de adquirir la propiedad de los bienes muebles e inmuebles, es esta, el tradente hace entrega al adquirente, ejemplo: la compraventa.

La ocupación, es el modo de adquirir la propiedad de las cosas que no pertenecen a nadie, requiere la aprehensión material, por ejemplo: la caza, pesca, hallazgo.

La accesión, es aquel modo en el cual el dueño de una cosa pasa a serlo de lo que produce o se adhiere a ella. Como producto de la naturaleza o de la mano del hombre, entendiéndose entonces dos casos, lo que produce y lo que se junta, ejemplo: 1) aluvión: Aumento de la tierra por el retiro del agua de un rio, 2) Avulsión: Cuando una parte del suelo es transportada de un lugar a otro por una fuerza violenta de la naturaleza y 3) Adjunción: dos cosas muebles pertenecientes a dueños diferentes se juntan de manera que ni pueden existir en forma separada.

La prescripción, se da por el transcurso del tiempo, se adquiere el dominio de bienes inmuebles sobre los cuales se ejercía posesión, es de dos clases la ordinaria, aquella posesión regular no interrumpida por ejemplo justo título, buena fe y la extraordinaria, aquella posesión no interrumpida, no requiere de justo título y se presume la buena fe. Por último la sucesión por cusa de muerte, se adquiere la propiedad sobre los bienes del causante y que conforman su herencia o patrimonio y puede ser a titulo universal o singular, las clases de sucesión son testada: en virtud de testamento, Intestada, por virtud de la ley y Mixta, parte testada y parte intestada, por ejemplo: los hijos adquieren el derecho de dominio sobre los bienes dejados por el padre

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