¿QUÉ ES UNA PERSONA JURÍDICA?

Paola Páez Castillo
Paola Páez Castillo 5 julio, 2019
Actualizado 2019/07/05 at 11:25 AM

De conformidad a lo establecido en nuestro código civil y más precisamente en el artículo 633, se entiende como persona jurídica, la definición que se le atribuye a una persona ficticia, que es capaz de contraer obligaciones de naturaleza civil y así mismo cuenta con la capacidad de ejercer derechos, sin dejar de lado que ostenta el derecho de ser representada de manera judicial o extrajudicial.

Ahora bien, la citada norma nos indica que no se consideran personas jurídicas las fundaciones que no cuenten con las correspondientes características establecidas por la ley a diferencia de las sociedades industriales que si bien es cierto constituyen una persona jurídica, la misma se debe regular bajo los parámetros de la normatividad comerciales y finalmente tampoco se extienden acogidos a la definición del artículo 633, las corporaciones o fundaciones de derecho público, como los establecimientos que se costean con fondos del tesoro nacional.

Dra. Paola Páez

Actualidad Jurídica Empresarial

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