¿QUÉ PROCEDE LUEGO DEL PROCESO FALLIDO DE CONCILIACIÓN EN MATERIAL LABORAL?

Juan Gomez Galeano
Juan Gomez Galeano 11 julio, 2019
Actualizado 2019/07/11 at 8:21 AM
Serious unconvinced diverse hr managers interviewing male job applicant, doubtful strict female recruiters looking uncertain distrustful rejecting vacancy candidate, bad first impression concept

Existe la posibilidad de ser requerido como empleador para una diligencia de conciliación ante el Ministerio del Trabajo, donde de entrada como empleador es necesario comparecer ya que si no se asiste puede ser sujeto de sanciones e investigaciones por la entidad administrativa y encargada de vigilar el cumplimiento de las obligaciones patronales.

En esta diligencia se buscar evacuar un futuro conflicto o desacuerdo entre el empleador y trabajador, donde ambas partes demostraran sus intereses y si voluntad de conciliación, sacrificando intereses que no se encuentren reconocidas como derechos ciertos e indiscutibles.

No obstante, y la conciliación es fallida se puede intentar un acuerdo extraprocesal o estar a la esperar de una posible demanda. Esta conciliación puede interpretarse como una advertencia de un litigio y por lo tanto se debe ir recaudando las pruebas que demuestren el cumplimiento de las obligaciones patronales o las causas de exoneración de las mismas.

DANIEL MOLINA MUÑOZ

Asesor Jurídico Empresarial.

Share this Article