¿ANTE QUIEN SE PUEDE DENUNCIAR UNA EMPRESA FACHADA?

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 24 julio, 2019
Actualizado 2019/07/24 at 7:09 PM

Hoy en día es muy común encontrarnos con empresas fachada o de papel; y con esto nos referimos a empresas que son creadas únicamente en documentos, pero que no tienen un domicilio, generalmente son usadas para efectuar fraudes; en tal sentido el impacto especialmente en materia tributaria, comercial y penal, ha sido importante, puesto que no existe regulación propiamente dicha, según lo indicó la Superintendencia de Sociedades, en concepto 220-39387, del 14 de marzo de 2018.

Así las cosas, el literal d) del numeral 5 del artículo 24 del Código General del Proceso confirió a la superintendencia facultades jurisdiccionales en materia societaria, atribuciones que, entre otros asuntos, permiten conocer de la declaratoria de nulidad de los actos de fraude y la desestimación de la personalidad jurídica de las sociedades sometidas a su supervisión cuando se utilice la sociedad en fraude a la ley o en perjuicio de terceros.

Tenga en cuenta que las denuncias o demandas que se alleguen a la Superintendencia de Sociedades y que tiendan a levantar el velo corporativo o a desestimar la personería jurídica, deben acreditar de manera clara y expresa los actos de fraude cometidos en contra suya o de su compañía, caso contrario no procederá el proceso incoado.

Por: Jenny Portillo

Jurídico 1.

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