Dentro de los parámetros del derecho laboral y en particular el Código Sustantivo del Trabajo se fijaron facultades para el empleador con el fin de poder prescindir de la labor de sus trabajadores, contando con justas causas o sin justas causas para lo cual se deberá efectuar el pago de una indemnización de conformidad al tipo de contrato celebrado.
Ahora bien, las facultades como empleador para la terminación del contrato laboral encuentran sus límites al establecerse una estabilidad laboral reforzada, en particular, cuando el trabajador adolece de una disminución en su salud y en este escenario, el empleador que roquera la finalización del contrato laboral debe solicitar autorización al Ministerio del Trabajo, con el fin de guardar una legalidad al finalizar el contrato laboral y el pago de sanciones.
En todo caso, es necesario verificar al momento de la finalización del contrato laboral confirmar la justa causa o en su defecto proceder con las indemnizaciones que den a lugar y si es necesario solicitar autorización al Ministerio del Trabajo.
DANIEL MOLINA MUÑOZ
Asesor Jurídico Empresarial.