¿QUE REQUISITOS DEBE CUMPLIR EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN O REPOSICIÓN?

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 26 julio, 2019
Actualizado 2019/07/26 at 5:27 PM

El recurso de reconsideración o reposición podrán interponerse en contra del acto que rechace o inadmita la solicitud de devolución o compensación, esto es cuando un contribuyente presente una declaración tributaria con un saldo a favor, podrá solicitar su devolución o compensación a la DIAN.

En ese orden de ideas, el recurso de reconsideración deberá cumplir los siguientes requisitos:

  1. Que se formule por escrito, exponiendo de forma concreta de los motivos de inconformidad.
  2. Que se interponga dentro de la oportunidad legal.
  3. Que se interponga directamente por el contribuyente, responsable, agente retenedor o declarante, o se acredite la personería si quien lo interpone actúa como apoderado o representante. Cuando se trate de agente oficioso, el cual debe ser obligatoriamente abogado, la persona por quien obra.

Para ello, ratificara la actuación del agente dentro del término de dos (2) meses, contados a partir de la notificación del auto de admisión del recurso, si no hubiere ratificación se entenderá que el recurso no se presentó en debida forma y se revocara el auto admisorio.

Por último, el artículo 850 del estatuto tributario otorga un plazo de dos años para presentar la solicitud de devolución de los saldos a favor.

Los dos años de plazo para solicitar la devolución del saldo a favor se cuentan desde la fecha en que vencía el plazo para presentar la declaración que arrojó el saldo a favor.

María Camila Pulgarín

Asesora Legal Empresarial

Share this Article