¿QUE ES EL CONTRATO DE SOCIEDAD?

Paula Tiusaba Robayo
Paula Tiusaba Robayo 5 septiembre, 2019
Actualizado 2019/09/05 at 2:29 PM
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De conformidad con el art. 98 del Código de comercio define sociedad asi: “Por el contrato de sociedad dos o más personas se obligan a hacer un aporte en dinero, en trabajo o en otros bienes apreciables en dinero, con el fin de repartirse entre sí las utilidades obtenidas en la empresa o actividad social.

La sociedad, una vez constituida legalmente, forma una persona jurídica distinta de los socios individualmente considerados”.

La capacidad de la sociedad se circunscribirá al desarrollo de la empresa o actividad prevista en su objeto. Se entenderán incluidos en el objeto social los actos directamente relacionados con el mismo y los que tengan como finalidad ejercer los derechos o cumplir las obligaciones, legal o convencionalmente derivados de la existencia y actividad de la sociedad.

Asi las cosas, una vez revisados los intereses de los socios es viable verificar el tipo de sociedad a crear con las propias exigencias de Ley.

Dra. Paula Tiusaba Robayo

Actualidad Jurídica Empresarial

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