Sea lo primero indicar que un nombre comercial y una marca son signos distintivos de una empresa sin embargo son diferentes ya que el primero se registra ante las Cámaras de Comercio y es el signo de denominación que identifica a una empresa como tal ya que sirve para identificarla, individualizarla y distinguirla de las demás que desarrollen actividades idénticas o similares. La segunda se registra ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y refiere a un signo que permite a los empresarios distinguir sus productos o servicios frente a los de la competencia.
Así las cosas manifestamos que SI es posible realizar el cambio de nombre comercial ante la Cámara de Comercio, caso en el cual se debe diligenciar el correspondiente formulario y pagar los derechos de inscripción del documento. Por otro lado con respecto a las marcas registradas ante la SIC, no es posible realizar el cambio de marca ya que conforme a la Decisión Andina 486 que es el normatividad vigente al respecto, esta no se puede modificar ya que se perdería el reconocimiento del producto o servicio ofrecido al cliente, así las cosas si desea hacer un cambio de marca, lo que se debe hacer es el registro de una nueva marca, y ya dependerá de la empresa como tal con actos de publicidad el reconocimiento que se logre de la nueva marca.