Los cónyuges tendrán como obligación y derecho los siguientes:
- Fidelidad y ayuda: Los cónyuges están obligados a guardarse fe, a socorrerse y ayudarse mutuamente, en todas las circunstancias de la vida.
- Dirección del hogar: El marido y la mujer tienen conjuntamente la dirección del hogar, dicha dirección estará a cargo de uno de los cónyuges cuando el otro no pueda ejercer o falte, y en caso de desacuerdo se recurrirá al juez o al funcionario que la ley designe.
- Cohabitación: Salvo causa justificada, los cónyuges tienen la obligación de vivir juntos y cada uno de ellos tiene derecho a ser recibido en la casa del otro.
- Residencia conyugal: El marido y la mujer fijaran la residencia del hogar. En caso de ausencia, incapacidad o privación de la libertad de uno de ellos, la fijara el otro.
- Sociedad Conyugal: Por el hecho del matrimonio se contrae sociedad de bienes entre los cónyuges,
Capacidad de la mujer: La mujer casada, mayor de edad, como tal, puede comparecer libremente en juicio, y para la administración y disposición de sus bienes no necesita autorización marital ni licencia del juez, ni tampoco el marido será su representante legal.