El auxilio funerario es una prestación adicional que es reconocida a todos los cotizantes o pensionados por el fondo de pensiones al cual se encuentre afiliado, es beneficiario de esta prestación aquella persona que demuestre que se hizo cargo de todos los costos emanados del fallecimiento de un cotizante o pensionado.
El valor que se reconocerá es un monto entre 5 y 10 SMLMV, esto conforme al monto de cotización o al valor de la última mesada pensional, por lo tanto, si una persona cotizo o devengo menos de 5 SMLMV el fondo tendrá que reconocer el monto mínimo de 5 SMLMV, pero si la persona cotizaba por encima de este valor el monto máximo a reconocer será de 10 SMLMV.
Esta prestación debe solicitarse ante el fondo de pensiones en caso que el fallecimiento sea por un accidente o una enfermedad de origen común, por lo tanto, si la muerte fue por ocasión de un accidente o enfermedad laboral la solicitud deberá hacerse ante la ARL.
Los documentos que se deben aportar para hacer la correspondiente solicitud son:
· Formulario de solicitud de auxilio funerario.
· Fotocopia de la cedula del fallecido
· Fotocopia de la cedula del acreedor o beneficiario
· Recibos de pago donde se evidencie el monto y quien fue el responsable de los pagos
· Certificación bancaria
LORENA POVEDA