LAS SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS ESTÁN OBLIGADAS A CONTAR CON REVISOR FISCAL

Juan Gomez Galeano
Juan Gomez Galeano 30 septiembre, 2019
Actualizado 2019/09/30 at 6:47 PM

Las sociedades por acciones simplificadas son una de las formas de sociedades para la creación de una persona jurídica, permitida por la Ley 1258 de 2008 estableciendo una responsabilidad de los socios hasta el monto de sus acciones, de los cuales pueden ser personas naturales o jurídicas quienes integren la sociedad. La norma en comento no establece la obligatoriedad de contar con el cargo de revisoría fiscal.

Ahora bien, el Decreto 2020 de 2009 establece la obligatoriedad de implementar la revisoría fiscal conforme a lo ordenado en la Ley 43 de 1990, artículo 13, parágrafo segundo, es decir, que conforme al periodo fiscal del año inmediatamente anterior tiene activos equivalentes o superiores a 5.000 salarios legales mínimos mensuales vigentes y/o ingresos brutos equivalentes o superiores de 3.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Es por lo anterior que debe tener en cuenta estos conceptos para entrar al cumplimiento de la norma.

DANIEL MOLINA MUÑOZ

Asesor Jurídico Empresarial.

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