Mediante comunicado No. 41 la Corte Constitucional declara la Ley 1943 de 2018 inexequible, salvo lo dispuesto en los artículos 50 de la misma, sin embargo dentro de su decisión en relación a contenido de la misma norma llamada Ley de Financiamiento, por no cumplir con los requisitos de procedibilidad en su expedición.
Ahora bien, resulta importante revistar los efectos jurídicos de esta decisión de gran envergadura, pues la misma norma consolida situaciones concretas, obligaciones, deberes y derechos para las entidades y los ciudadanos, es por ello que la Corte Constitucional extendió el efecto de la sentencia hasta el primero de enero de 2020, exhortando al Congreso de la Republica a expedir una nueva norma que cumpla con los requisitos procedimentales.
Ahora bien, en el eventual caso que el Congreso de la Republica omita el llamado realizado por la Corte Constitucional, se tendrán como vigentes las normas derogadas por la Ley 1943 de 2018 al momento de su promulgación y actualmente no se cuenta con la sentencia emitida por la alta corte.
DANIEL MOLINA MUÑOZ
Asesor Jurídico Empresarial.