FALLO DE TUTELA SUSPENDE EL PROCESO DE LIQUIDACION DE LA EPS EMDISALUD

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 4 diciembre, 2019
Actualizado 2019/12/04 at 3:01 PM

Como primera medida, es oportuno recordar que, por medio de Resolución No. 008929 de 2 de octubre de 2019, la Superintendencia Nacional de Salud, en uso de sus facultades legales revocó totalmente la autorización de funcionamiento de la EMPRESA MUTUAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA SALUD E.S.S. EMDISALUD E.S.S. EPS-S, identificada con NIT. 811.004.055-5, donde en primera instancia se determinó que, a partir del 1 de noviembre de 2019, los usuarios serán asignados a las EPS que determine el Ministerio de Salud, para lo cual podrán ingresar a la página del Ministerio de Salud y Protección Social www.minsalud.gov.co, así como a la página de la Superintendencia de Salud www.supersalud.gov.co y en esta página web y de esta manera verificar la EPS a la que ha sido asignado el grupo familiar.

No obstante, de acuerdo a la medida preventiva decretada el día 29 de noviembre de 2019 por el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO DE LORICA dentro de la ACCIÓN DE TUTELA con expediente 23.417.31.04.001.2019.00062.00, el proceso de radicación de acreencias en la liquidación de LA EMPRESA MUTUAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA SALUD – EMDISALUD ESS EPS-S – EN LIQUIDACIÓN, a partir de la fecha se SUSPENDE hasta nuevo aviso el proceso de liquidación, motivo por el cual, se ordeno levantar las medidas cautelares de posesión de haberes y negocios.

Luis E. Naranjo Corredor
Asesor Legal Empresarial

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