¿ES PROCEDENTE EL RETIRO DE BENEFICIOS EXTRALEGALES QUE HACE UN EMPLEADOR A SU TRABAJADOR?

Camilo Andres García Bejarano
Camilo Andres García Bejarano 17 diciembre, 2019
Actualizado 2019/12/17 at 1:08 PM

Para proceder a resolver el interrogante aquí planteado, es importante tener claro que NO constituye salario aquellas “sumas que ocasionalmente y por mera liberalidad recibe el trabajador del empleador, como primas, bonificaciones o gratificaciones ocasionales, participación de utilidades, excedente de las empresas de economía solidaria y lo que recibe en dinero o en especie no para su beneficio, ni para enriquecer su patrimonio, sino para desempeñar a cabalidad sus funciones, como gastos de representación, medios de transporte, elementos de trabajo y otros semejantes. (artículo 128 código sustantivo del trabajo).

No obstante, lo anterior, como se ha venido observando en las relaciones entre el empleador y el trabajador, cuando se realizan modificaciones a las condiciones inicialmente pactadas puede traducirse en una desmejora, pero al ser dichas sumas que ocasionalmente y por mera liberalidad recibe el trabajador, el empleador puede reconocer voluntariamente aquellos emolumentos extralegales y así mismo quitarlos.

Así mismo la sección Segunda de la Corte suprema de justicia señalo lo siguiente:

«Derechos, beneficios y prestaciones extralegales creadas por el empleador. Pueden ser revocadas unilateralmente. Cuando un patrono o empleador reconoce unilateralmente un derecho, puede ser modificado o ‘revocado por el mismo, en cualquier tiempo, pero si en ese interregno el trabajador reúne los requisitos y condiciones establecidas, no puede ser desconocido por el primero, sin que se vulneren los principios y normas tutelares del derecho de/trabajo»

Quiere decir, que si es procedente por parte del empleador retirar aquellos pagos que no son constitutivos de salario al trabajador, por cuanto estos no son efectuados para enriquecer el patrimonio del trabajador, y así mismo no son una contraprestación directa de los servicios prestados por el trabajador.

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