¡ACCIONES QUE PUEDEN ADELANTARSE EN CONTRA DE LOS ACCIONISTAS MOROSOS DENTRO DE UNA S.A.S. ¡

María Camila Pulgarín
María Camila Pulgarín 24 febrero, 2020
Actualizado 2020/02/24 at 2:41 PM

Es pertinente decir que, al estar frente a una S.A.S, la Ley 1258 de 2008 Por medio de la cual se crea la sociedad por acciones simplificada, establece en su artículo 9 el término que tienen este tipo de Sociedades para efectuar la suscripción y pago de capital, las cuales, podrán ser efectivamente efectuadas en un término no superior a los dos (2) años contados a partir de la constitución de la sociedad, ahora bien, es del caso hacer mención que al interior de este tipo se Sociedades pueden generarse inconvenientes con el pago del capital por parte de los socios, los cuales no se realizan en las fechas o plazos normativamente establecidos,  es por esto que debemos remitirnos al artículo 397 del Código de Comercio, ya que allí se establecen las acciones que pueden ser adelantadas en contra de los socios morosos como  a continuación me permito relacionar;

A. Acudir directamente al cobro judicial.

B.  Vender de cuenta y riesgo del accionista moroso y por conducto de un comisionista, las acciones que hubiere suscrito inicialmente.

C. Imputar las sumas recibidas a la liberación del número de acciones que correspondan a las cuotas pagadas, previa deducción de un 20% a título de indemnización de perjuicios, que se presumirán causados.

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