La repudiación de la herencia es un negocio jurídico unilateral mediante el cual una persona capaz, con vocación hereditaria, ha sido objeto de una delación y manifiesta válidamente su voluntad de no recibir bienes hereditarios.
Así las cosas, es necesario insistir en la importancia de contar con plena capacidad tanto de goce como de ejercicio para poder realizar el repudio de la herencia, además de lo cual también es indispensable que el consentimiento del heredero que busca encontrar la acción jurídica libre de vicios, la repudiación puede ser expresa o tácita.
Dr. Alejandra Rodríguez Espinosa