Es oportuno señalar como primera medida que, El Consejo Superior de la Judicatura suspendió los términos judiciales hasta el 3 de abril, que en la práctica se extiende hasta el 12 de abril por la temporada de semana santa. Con la suspensión de los términos se interrumpen los efectos de caducidad o prescripción de acciones judiciales. Por eso la única preocupación para intervinientes en procesos de especialidades civiles, laborales, contencioso administrativas, de familia y demás que no atiendan garantías constitucionales que merezcan una atención prioritaria, es asumir el compromiso de atender las recomendaciones para combatir el COVID-19.
No obstante, el Consejo Superior de la Judicatura ha determinado que, algunos despachos judiciales prestaran sus servicios de manera remota habilitando diferentes direcciones electrónicas para atender tutelas y habeas corpus no obstante, se atenderán acciones de tutela siempre que las mismas vayan encaminadas con la protección de derechos fundamentales a la salud.
Dra. Paola Paez
CENTRO JURIDICO INTERNACIONAL S.A.S