Este contrato es temporal y se encuentra directamente relacionado con la jubilación, estableciendo que el trabajador que ingresa con esta modalidad debe suplir completa o parcialmente la jornada de trabajo que dejada por el trabajador que se jubila parcialmente quien podrá reducir su jornada laboral hasta en un 85%, aclarado esto es pertinente mencionar que para acceder a esto el trabajador que solicite que sea reemplazado por algunas horas debe acreditar un tiempo de permanencia de mínimo seis años y eso será factible a partir de los 60 años de edad y solo hasta los 65 toda vez que la intención es que el trabajador cumpla sus requisitos para pensionarse y no tenga una carga laboral como los demás trabajadores, esto con la intención de coadyuvar al trabajador y hacer que su jornada laboral sea más laxa por su avanzada edad.