En virtud del decreto 093 del 25 de marzo de 2020, emitido por la alcaldía mayor de Bogotá, adopta una serie de medidas adicionales y complementarias en concordancia con la declaratoria de calamidad publica mediante el decreto 087 de 2020. De acuerdo a esto, es preciso informar el reajuste frente al calendario tributario por concepto de impuestos prediales y vehiculares, consideraciones realizadas por la alcaldía de Bogotá, respecto a la situación que actualmente sostiene el país por el COVID-19.
Esta medida que corresponde al sector de hacienda, genera un alivio para los ciudadanos. Por lo tanto, es importante tener claro como quedara el calendario tributario de la siguiente manera:
1. El plazo máximo para el pago del impuesto predial unificado para los predios residenciales y no residenciales, será el 5 de junio de 2020 con descuento del diez por ciento 10%. El plazo para pagar el impuesto sin descuento vence el día viernes 26 de junio de 2020.
2. El plazo máximo para el pago del impuesto predial unificado para los predios residenciales y no residenciales, será el 5 de junio de 2020 con descuento del diez por ciento 10%. El plazo para pagar el impuesto sin descuento vence el día viernes 26 de junio de 2020.
3. El plazo máximo para el pago del impuesto de vehículos, con descuento del diez por ciento (10%) será el tres 3 de julio de 2020. El plazo máximo para el pago de este impuesto, sin descuento, será el 24 de julio de 2020.