PROTECCIÓN AL CESANTE

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 1 abril, 2020
Actualizado 2020/04/01 at 5:49 PM

De acuerdo con la Resolución 0853 de 2020, debemos resaltar que mientras permanezca la emergencia sanitaria, social, económica y ecológica y hasta donde permita la disponibilidad de recursos los trabajadores categoría A y B, cesantes pero que realizaron aportes a las cajas de compensación familiar durante 1 año que no necesariamente tiene que ser continuo en los últimos 5 años recibirán una transferencia económica para cubrir los gastos, de acuerdo con las necesidades actuales, es decir 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes, que se dividirán en 3 mensualidades iguales que se pagaran mientras dure la emergencia, pero en todo caso será máximo por los 3  meses antes mencionados.

Así las cosas, quien desee acceder a dicho beneficio deberán diligenciar ante la caja de compensación familiar a la que se encuentre afiliado la solicitud pertinente, ahora bien, la Superintendencia de Subsidio Familiar impartirá instrucciones a las cajas de compensación familiar para que la solicitud, aprobación y pago se lleve a cabo por medios virtuales, es decir que es necesario verificar el trámite directamente con la caja de compensación familiar.

Dr. Alejandra Rodríguez Espinosa

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