PROHIBICIÓN DEL USO DE HUELLEROS FÍSICOS Y ELECTRÓNICOS DURANTE LA EMERGENCIA COVID-19

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 27 abril, 2020
Actualizado 2020/04/27 at 2:48 PM

A través de la circular No. 002 del 24 de marzo de 2020 la Superintendencia de Industria y Comercio emitió la respectiva circular dirigida a todos los responsables y encargados del tratamiento de datos personales, en virtud de la ley 1581 de 2012, en donde se dispone el no uso de huelleros físicos o electrónicos de uso masivo para recolectar información biométrica, es decir, datos sensibles, con la finalidad de prevenir el contagio del COVID-19 a través del contacto directo.

En ese sentido, cabe aclara al margen de lo establecido por la Superintendencia, que las huellas dactilares son datos biométricos y como tales son catalogados como información sensible. Actualmente existen mecanismos manuales y electrónicos para recolectar huellas dactilares los cuales son usados por un número indeterminado de personas, con el agravante que el COVID-19 puede estar ubicado en los dedos de las manos.

Por lo anterior, el huellero es una de esas herramientas en dónde muchas personas colocan sus huellas dactilares y por ende se presenta una situación de contacto indirecto que podría facilitar el contagio del virus COVID-19, razón por la cual es necesario impedir que se sigan utilizando ese tipo de mecanismos o procedimientos en tanto dure el estado de emergencia.

Por demás, la Superintendencia de Industria y Comercio instó a todos los responsables de recolectar la información, es decir, para todas aquellas personas y/o empresas que manejen biométricos, huelleros, para el control de llegada y salida de sus trabajadores abstenerse de recolectar o tratar datos biométricos utilizando huelleros físicos, electrónicos, o cualquier otro mecanismo que permita el contagio del coronavirus a través de contacto indirecto. Esta instrucción no aplica para el caso de los sistemas de identificación biométrica en los que el dispositivo es de uso personal e individual.

Puede consultar la circular en el siguiente Link:

https://www.sic.gov.co/sites/default/files/normatividad/032020/CIRCULAR%20002%20DE%202020_NO%20USO%20DE%20HUELLEROS.pdf

María Camila Pulgarín

Asesora Legal Empresarial

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