ALIVIO DE APORTES EN PENSIÓN EN ESTADO DE EMERGENCIA POR EL COVID-19.

Alberto Jaramillo Polo
Alberto Jaramillo Polo 30 abril, 2020
Actualizado 2020/04/30 at 11:30 AM

De conformidad a la que enfrenta el país por la contingencia de la emergencia sanitaria por el COVID-19, el gobierno nacional ha tomado varias medidas para mitigar el impacto económico en el país por esta contingencia, es por ello que a través del Decreto 558 de 2020, el gobierno creó un alivio económico para todas las empresas a nivel nacional, el cual es la disminución del aporte a pensión, por lo tanto pasa del 16% al 3%, sin embargo, este beneficio únicamente aplica para los periodos de cotización de los meses de abril y mayo, que posteriormente se cancelan en el mes de mayo y junio.

En los respectivos periodos de cotización que se les aplica el 3%, el empleador cubrirá el 75% y el trabajador el 25%.

Ahora bien, es de aclarar que este beneficio únicamente aplica para los aportes a pensión, por lo que se deberán seguir cotizando al sistema de seguridad en salud sobre el 12.5%, el cual le corresponderá el 8.5% al empleador y el 4% el trabajador.

Por último, es de anotar que este beneficio de alivio económico no es de obligatorio cumplimiento, por lo que las empresas tendrán la opción, si acogen o no a este beneficio.

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