PRIORIDAD DEL ARRENDATARIO FRENTE A UN INMUEBLE

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 4 mayo, 2020
Actualizado 2020/05/04 at 11:51 AM

El hecho de que el contrato lleve varios años le da al inquilino el derecho (contado a partir de los dos años consecutivos que haya ocupado el inmueble con el mismo establecimiento comercial) de pedir renovación del contrato en el momento de su vencimiento, excepto si se presentan las siguientes circunstancias:

·         Cuando el inquilino haya incumplido sus obligaciones contractuales.

·         Cuando el inmueble deba ser reconstruido o reparado con obras que obliguen a desocupar.

·         Cuando la construcción actual deba ser demolida por su estado de ruina o si se trata de la construcción de una obra nueva.

·         Cuando el arrendador necesite el inmueble para habitarlo o para ubicar un establecimiento destinado a una empresa distinta a la del inquilino.

El procedimiento para resolver las diferencias entre las partes contractuales al momento de renovar el contrato por voluntad de la ley comercial es verbal, aunque no se debe descartar la conciliación ante un centro autorizado para obtener la restitución.

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