¿DEBO RENOVAR EL REGISTRO MARCARIO ANTE LA SIC?

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 9 julio, 2020
Actualizado 2020/07/09 at 5:02 PM

De manera inicial debemos tener claro que, para el reconocimiento de la titularidad del derecho sobre la marca en Colombia se debe adelantar el correspondiente procedimiento ante la Superintendencia de Industria y Comercio – SIC con el fin de ser declarada la propiedad de la marca, ser incluida la marca en el registro correspondiente con el fin evitar inscripciones de marcas similares, la vigencia de la concesión de marcar es de diez años, luego de otorgamiento; razón por la cual, esta concesión debe ser renovada ante la SIC con seis meses de antelación a la finalización de los diez años otorgados o hasta seis meses después de la finalización del plazo, caso en contrario, este registro será tenido en cuenta como caducado y dejaría de tener protección por parte de la SIC.

El proceso debe ser ejecutado desde la plataforma del solicitante, no es necesario hacerlo por apoderado, los pasos son los siguientes:

  1. Ingresar en la plataforma con usuario y contraseña https://sipi.sic.gov.co/sipi/Extra/Default.aspx?sid=637285019924882233
  2. En las opciones al lado izquierdo, seleccionar “Signos Distintivos”
  3. Ingresar en la opción “Solicitud de otras actuaciones”
  4. Ingresar en la parte de “Renovación”
  5. Deberán ingresar con el número de expediente
  6. Encontraran el formato a seguir

Dr. Alejandra Rodríguez Espinosa

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