EMPLEADOR DEBERÁ ENTREGAR A SUS TRABAJADORES LA DOTACIÓN CUANDO SU REMUNERACIÓN NO SUPERE LOS 2 SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES.

Paula Tiusaba Robayo
Paula Tiusaba Robayo 17 julio, 2020
Actualizado 2020/07/17 at 2:46 PM

De acuerdo al Código Sustantivo del Trabajo en artículos 230 y siguientes, se tiene establecido que el empleador deberá efectuar la entrega de dotación a sus trabajadores cada 4 meses, en forma gratuita siempre que la remuneración del trabajador no supere los 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Así las cosas, es permitido siempre que el trabajador haya cumplido más de 3 meses de prestar su labor en la empresa, las fechas que estipula la norma se encuentran establecidas así: 30 de abril, 31 de agosto, y 20 de diciembre.

Como recomendación, es importante que al momento de realizar la entrega de dotación a sus trabajadores, verifique bajo cuales preceptos normativos y legales deberán entregarse con el fin de no incurrir en errores.

Dra. Paula Tiusaba Robayo

Actualidad Jurídica Empresarial

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