Corte Constitucional declara inconstitucional decreto que permitió el alivio en pensiones

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 25 julio, 2020
Actualizado 2020/07/25 at 9:25 AM

EL Gobierno Nacional como consecuencia de la actual pandemia que nos aqueja como sociedad, via decreto legislativo 588 había tomado la determinación de realizar pago parcial del aporte al Sistema General de Pensiones en atención a los hechos que dieron lugar a la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 417 de 2020, para los períodos de abril y mayo cuyas cotizaciones deben efectuarse en los meses de mayo y junio de 2020, respectivamente, los empleadores del sector público y privado y los trabajadores independientes que optaran por este alivio debían pagar como aporte el 3% de cotización al Sistema General de Pensiones, con el fin de cubrir el costo del seguro previsional en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad o el aporte a los fondos de invalidez y sobrevivencia del Régimen de Prima Media, según corresponda, así como el valor de la comisión de administración la cotización de que trataba este decreto seria pagada de la siguiente manera: El 75% por el empleador y el 25% restante por el trabajador. Por su parte, los trabajadores independientes pagarán el 100% de esta cotización.

No obstante, La Corte Constitucional tumbó este jueves 23 de julio el Decreto 558 de 2020, expedido en abril y “relacionado con medidas para disminuir temporalmente la cotización al Sistema General de Seguridad Social, y proteger a los pensionados bajo la modalidad de retiro programado”.

Ahora bien, debemos esperar si efectivamente dicho aportes deberán ser asumidos por los trabajadores y empleadores ya que dicha decisión tendría efectos retroactivos.

Dr. Luis Naranjo
Coordinador Grupo Legal
CENTRO JURIDICO INTERNACIONAL S.A.S

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