En primer lugar debemos tener presente que al momento que pretendamos realizar un negocio jurídico con relación a un bien inmueble, las partes allí intervinientes se comprometen recíprocamente uno a comprar y la otra a vender, es por esto que antes de celebrar directamente el contrato de compra venta de bien inmueble, se deberá suscribir la correspondiente promesa de venta, en la cual se delimitará en debida forma las partes allí intervinientes, el objeto del contrato, las especificaciones del bien inmueble objeto del eventual compra venta, la tradición como de adquirir el dominio, gastos notariales, libertad y saneamiento y demás.
Cabe mencionar que una vez adelantada la respectiva promesa de venta de bien inmueble con las especificaciones anteriormente establecidas, esta minuta deberá elevarse ante notaria con el fin de realizar la debida escritura pública, y posteriormente adelantar el trámite correspondiente ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, es por esto que si en esta en los planes de su compañía adquirir un bien inmueble, tenga presente que podrán acudir directamente a Centro Jurídico Internacional con el fin de Solicitar la respectiva minuta de Promesa de Compraventa la cual lleva implícita la estructura legal pertinente para este tipo de negocios.